Recupera tu Dinero: Guía para la Devolución de Impuesto sobre la Renta en Panamá

La legislación panameña permite la deducción de ciertos gastos personales que, correctamente aplicados, pueden traducirse en una devolución de dinero significativa por parte del Estado. Este artículo explica todo lo que necesitas saber sobre la Devolución de Impuesto Sobre la Renta, de forma legal y segura.

En Panamá, miles de asalariados pagan mes a mes el impuesto sobre la renta sin saber que podrían estar dejando dinero sobre la mesa. La legislación panameña permite la deducción de ciertos gastos personales que, correctamente aplicados, pueden traducirse en una devolución de dinero significativa por parte del Estado. Este artículo explica todo lo que necesitas saber sobre la Devolución de Impuesto Sobre la Renta, de forma legal y segura.

¿Qué es la devolución de impuesto sobre la renta?  

Es un proceso a través del cual, El Estado realiza un reembolso (devolución) al contribuyente asalariado, luego de deducir ciertos gastos personales permitidos por ley.

¿Quiénes pueden aplicar?

Todo asalariado, panameños o extranjero que tengan ingresos brutos anuales superiores a B/.11,000 y que sea contribuyente de impuesto sobre la renta.   

Gastos deducibles que pueden beneficiarte

Existe un abanico de gastos deducibles que son más comunes de lo que piensas y que están tipificados en el Código Fiscal.   Estos son los gastos deducibles por ley:

  1. Gastos médicos: Incluye consultas, lentes, medicamentos, cirugías, laboratorios, seguros privados de salud, gastos dentales, terapias, etc.    No existe un monto límite deducible.
  2. Intereses hipotecarios no preferenciales:   aplica exclusivamente para la vivienda principal.

Se pueden deducir hasta B/.15,000 anuales.

  1. Intereses por préstamos educativos: Aplican para préstamos educativos otorgados por el IFARHU.
  2. Donaciones a entidades benéficas: Aplica para donaciones a fundaciones y entidades sin fines de lucro debidamente respaldadas por una resolución emitida por la Dirección General de Ingresos (DGI).
  3. Aportes a fondo de jubilación privada: Se puede deducir un 10% del ingreso bruto anual hasta un máximo de B/.15,000.
  4. Gastos Educativos: En junio de 2018 se aprobó la ley No. 37 que adiciona los gastos educativos o escolares como otro rubro de gastos deducibles de renta, los cuales aplican a dependientes que se encuentren en primer y segundo nivel de enseñanza (desde kínder hasta décimo segundo grado) y en educación superior (técnico, postgrado, maestría y doctorado).    Los gastos educativos deducibles son: matrícula, horas crédito, mensualidad, uniformes, transporte, útiles y textos escolares.
  • El límite deducible es B/.3,600 anuales por cada dependiente (hijo).
  • No hay límite en la cantidad de hijos por asalariado.
  • Los gastos universitarios propios del asalariado también son deducibles.
  • Se puede deducir el 100% de los gastos educativos de hijos con discapacidad, siempre y cuando, estén certificados por SENADIS y asistan a clases presenciales.

Requisitos para aplicar

  • Estar inscrito como contribuyente ante la DGI.
  • Contar con un contador público autorizado (CPA) que elabore y refrende la declaración jurada de renta.
  • Presentar soporte original de todos los gastos deducibles: facturas fiscales o electrónicas y comprobantes válidos.
  • Certificación de ingresos y retenciones emitida por el empleador.
  • Copia de cédula del contribuyente.
  • Copia de certificados de nacimiento de los dependientes.
  • Otros (dependiendo del caso).

¿Cuánto dinero me van a devolver?

El monto de la devolución depende de varios factores como: el nivel de ingreso bruto anual, la cuantía de los gastos deducibles, la cantidad de dependientes, entre otros.

El monto a devolver es la diferencia entre el impuesto sobre la renta anual descontado por tu empleador y el impuesto sobre la renta anual causado luego de la declaración de renta donde se descuentan los diferentes gastos deducibles.

¿Cuántos años puedo reclamar?

Puedes reclamar la devolución de impuesto sobre la renta de hasta cinco (5) años fiscales, siempre y cuando, tengas la documentación de soporte en buen estado.

¿Cómo se recibe el dinero de la devolución?

El reembolso es depositado directamente en la cuenta bancaria del contribuyente a través de un ACH, posterior a la aprobación del trámite por parte de la DGI.

¿Por qué contratar a un contador profesional?

Gestionar correctamente la devolución de renta requiere conocimiento técnico, experiencia con las normas tributarias panameñas además de manejo oportuno de plazos y requisitos.

T&B Contadores te ofrece:

  • Asesoría personalizada
  • Diagnóstico fiscal y análisis costo-beneficio.
  • Elaboración, presentación y refrendo de la declaración de renta.
  • Seguimiento virtual del trámite a través de la plataforma e-Tax.
  • Ahorro de tiempo, errores y costos asociados a trámites incorrectos.

Muchos de nuestros clientes ya han recibido devoluciones exitosas, incluso acumuladas por varios años. En nuestra firma estamos listos para acompañarte desde el diagnóstico inicial hasta la recepción de tu reembolso. Nuestro equipo está capacitado para optimizar tu devolución con transparencia, eficiencia y resultados comprobados.

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